Este articulo es en relación al anterior Voluntariado Vs Trabajar Gratis para hacer aclaraciones basándose en lo que dice la ley vigente al respecto del voluntariado, estamos hablando de la Ley6/1996 de 15 de Enero. Para quien le interese podéis encontrar la ley en el BOE pero el archivo que encontré era escaneado y preferí adjuntar este otro en *pdf por que se puede leer más claramente Ley 6/1996.
Para continuar "La conciencia creciente de esa responsabilidad social ha llevado a que los ciudadanos, a veces individualmente, pero, sobre todo, por medio de organizaciones basadas en la solidaridad y el altruismo, desempeñen un papel cada vez más importante en el diseño y ejecución de actuaciones dirigidas a la satisfacción del interés general y especialmente a la erradicación de situaciones de marginación y a la construcción de una sociedad solidaria en la que todos los ciudadanos gocen de una calidad de vida digna." esto se podría considerar la motivación para la creación de la ley.
Podemos observar donde se dice que el voluntariado no debe ser tomado como un trabajo, dando a entender que al voluntario no se le pueden pedir las obligaciones de un trabajo: "Recoge la Ley las notas comúnmente aceptadas como definitorias de la actividad de voluntariado: carácter altruista y solidario; libertad, es decir, que no traiga su causa de una obligación o un deber del voluntario; gratuidad, sin que exista contraprestación económica de ningún tipo; y, finalmente, que se realice a través de una organización pública o privada."
¿Quién puede ofrecer voluntariado? "cualquier organización, pública o privada, que cumpla los requisitos señalados en la Ley (carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituida, tener personalidad jurídica propia y realizar programas en el marco de las actividades de interés general que la propia Ley menciona) puede contar con la colaboración de voluntarios, quedando entonces sometida, respecto de ellos, al régimen jurídico establecido en la Ley." Y este es uno de los pasos que se saltan algunas de las"instituciones" a las que nos referíamos en el anterior articulo, puesto que muchas empresas gozan de cierto grado de lucro y aún así pretender que gente trabaje para ellos gratis, camuflandolo como una oferta de voluntariado.
Donde perfectamente define el concepto de voluntariado, además de explicar que es lo que queda excluido, es en el Articulo 3:
"1. A los efectos de la presente Ley, se entiende por voluntariado el conjunto de actividades de interés general, desarrolladas por personas físicas, siempre que las mismas no se realicen en virtud de una relación laboral, funcionarial, mercantil o cualquier otra retribuida y reúna los siguientes requisitos:
- a. Que tengan carácter altruista y solidario.
- b. Que su realización sea libre, sin que tengan su causa en una obligación personal o deber jurídico.
- c. Que se lleven a cabo sin contraprestación económica, sin perjuicio del derecho al reembolso de los gastos que el desempeño de la actividad voluntaria ocasione.
- d. Que se desarrollen a través de organizaciones privadas o públicas y con arreglo a programas o proyectos concretos.
2. Quedan excluidas las actuaciones voluntarias aisladas, esporádicas o prestadas al margen de organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, ejecutadas por razones familiares, de amistad o buena vecindad.
3. La actividad de voluntariado no podrá en ningún caso sustituir al trabajo retribuido."
Especial atención al punto 3 anterior donde se dice que el voluntariado no podrá sustituir en ningún caso el trabajo retribuido. Bueno solo viendo hasta aquí queda aclarado varios puntos sobre lo que se comentaba, para no extenderme más quien aún tenga interés en ampliar la información puede leer enteras las 7 páginas que consta la ley en el enlace que puse arriba, bastante interesante leer el Articulo 6.
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